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15 abr 2024
Con objeto de completar y actualizar la información en materia de autoconsumo, se ha procedido a modificar el Manual de la Secretaría General de Energía para la tramitación administrativa de las instalaciones de autoconsumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía para adaptarlo al reciente Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, de simplificación administrativa.
La Secretaría General de Energía de Andalucía ha publicado una nueva versión de abril de 2024 del Manual para la tramitación administrativa de las instalaciones de autoconsumo.
Dicho manual se adapta al recientemente Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, que adopta medidas de simplificación administrativa, la cual, indica que las instalaciones con potencia instalada hasta 500 kW (salvo las exceptuadas en el segundo párrafo del apartado 2 de la disposición adicional única del Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio), se tramitarán conforme a la puesta en servicio de instalaciones regulada por la Orden de 5 de marzo de 2013, es decir, a través de la presentación realizada en el aplicativo PUES.
Para el resto de instalaciones, es necesario la obtención de las autorizaciones reguladas en el artículo 53 de la ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y su desarrollo en el Real Decreto 1955/2000.
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