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3 abr 2024
Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2024 del XX Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería, oficinas de estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del 23 de marzo de 2024, la actualización de las tablas salariales para 2024 del XX Convenio colectivo de empresas de ingeniería, oficinas de estudios técnicos, inspección y control técnico y de calidad.
Dicha actualización ha sido su ha sido suscrita con fecha 24 de enero de 2024 por el Comité Paritario de Vigilancia e Interpretación, integrado de una parte por la Asociación Española de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos (TECNIBERIA), en representación de las empresas del sector, y de otra por la Federación de Servicios de CC. OO. y la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, en representación de los trabajadores.
Conforme a lo previsto en el artículo 33.2 texto del XX Convenio nacional de empresas de ingeniería, oficinas de estudios técnicos, inspección, supervisión y control técnico y de calidad, publicado en el BOE de 10 de marzo de 2023, y como consecuencia de que el porcentaje de variación anual del índice de precios de consumo (IPC) registrado a fecha 31 de diciembre de 2023, ha sido del 3,10 %, y siendo que este valor queda comprendido en el intervalo 4 (igual o superior a 2,50 % e inferior a 3,50 %), las tablas salariales del año 2024, con efectos desde el 1 de enero de 2024, serán el resultado de incrementar las tablas salariales del año 2023, según quedaron fijadas mediante acuerdo de la comisión negociadora de fecha 21 de marzo de 2023, publicado en el BOE de fecha 18 de mayo de 2023, en el porcentaje del 2,30 %.
En la aplicación de las tablas salariales arriba expresadas, cuando proceda, las empresas deberán tener en cuenta lo previsto en el artículo 34 bis del XX Convenio, para garantizar que la persona trabajadora perciba, como mínimo, el salario mínimo interprofesional que, por disposición legal, quede fijado para el año 2024.
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