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16 sep 2025
El personal técnico puede estar contratado por la empresa instaladora mediante cualquiera de las modalidades contractuales.
Estimado/a compañero/a,
Te informamos sobre la entrada en vigor del nuevo Real Decreto 770/2025, de 2 de septiembre, que introduce cambios significativos en la relación contractual entre los profesionales habilitados y las empresas instaladoras y mantenedoras en el ámbito de la seguridad industrial.
Esta norma tiene como objetivo adaptar la legislación española a las directrices establecidas por la Unión Europea, revocando parte de las exigencias del anterior Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, el cual obligaba a las empresas instaladoras/mantenedoras a disponer de profesionales en plantilla, una medida que ha sido considerada desproporcionada por la Comisión Europea.
La modificación se origina tras un procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea [INFR(2023)4009], que argumentaba que la regulación española no solo era excesiva, sino que también contravenía la Directiva 2006/123/CE sobre servicios en el mercado interior. Además, se alineaba con las normativas comunitarias que abogan por la proporcionalidad y el reconocimiento adecuado de cualificaciones profesionales.
Por tanto, la principal modificación introducida por este real decreto es la eliminación del requisito establecido previamente por el Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, que obligaba a que al menos uno de los profesionales habilitados o técnicos titulados competentes estuviera en plantilla a jornada completa. Ahora, las empresas tienen la flexibilidad de contratar a su personal mediante diversas modalidades contractuales, siempre que cuenten con el personal necesario para ofrecer sus servicios de manera segura.
En resumen, la norma estipula que las empresas deben cumplir con una serie de condiciones básicas, tales como:
Hay que destacar, que esta regulación será de aplicación efectiva desde el 4 de septiembre de 2025.
Sin otro particular, aprovechamos la ocasión para enviarte un cordial saludo y quedamos a tu disposición para cualquier consulta. POR LA JUNTA DE GOBIERNOCOMISIÓN DE EJERCICIO LIBRE
Palabra clave
Circulares - Ejercicio Libre