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16 abr 2024
Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
El Ministerio de Industria y Turismo ha aprobado la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores» que regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
La norma define las responsabilidades del titular de la instalación y de las empresas de mantenimiento. Las inspecciones podrán ser: iniciales, periódicas, tras modificación o tras accidente. Las inspecciones periódicas serán cada 2 años para edificios industriales o pública concurrencia, cada 4 años para edificios residenciales de más de 20 viviendas o más de 4 plantas; y el resto cada 6 años. Se detalla la tipología de defectos (leve, grave, muy grave) y sus consecuencias (el ascensor puede quedar fuera de servicio hasta la subsanación).
La norma también incluye una serie de mejoras a implementar en todo el parque de ascensores, otorgando un plazo de siete años para la progresiva adaptación del parque:
Para la puesta en servicio de los ascensores se presentará por parte del titular o representante, ante el órgano competente de la comunidad autónoma, la siguiente documentación: ficha técnica de la instalación, declaración CE de conformidad, manual de funcionamiento, contrato de mantenimiento y certificado de inspección inicial favorable.
Esta norma entrará en vigor el 1 de julio de 2024.
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