Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario.Para más información Política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Permitir cookies” o configurarlas o rechazar su uso clicando "Configurar cookies".
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. No pueden desactivarse. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Buscador :
Volver al Menú
19 abr 2024
Como cada año, los colegiados de COGITISE tienen la posibilidad de deducir el importe de la cuota en la declaración de la Renta.
Para ello, es preciso que, los profesionales que obtengan rendimientos del trabajo, por cuenta ajena (nómina), pueden imputar la cuota anual de colegiado como "cuotas satisfechas a Colegios Profesionales" [Casilla 0015]. Siempre que la colegiación sea obligatoria para el desempeño de su actividad.
Mientras que los colegiados que desempeñen actividad de forma independiente (cuenta propia), deben incluir la cuota como gasto deducible ("servicios externos" u "otros servicios exteriores") en el rendimiento de la actividad y por supuesto, no duplicarla en la casilla 0015.
En ambos casos, el límite máximo de deducción es de 500 euros.
Como saben, el borrador se debe presentar a través del servicio de tramitación del borrador/declaración de la sede electrónica de la AEAT. En cuanto a otras herramientas y elementos que pone a disposición la AEAT, sobresale el Informador de Renta, que permite repasar cuestiones generales como la obligación de declarar o las deducciones y reducciones que pueden aplicarse. Además, es posible utilizar el servicio de calculadora de IRPF sobre las retenciones del IRPF sin el requisito de firma, identificación o autenticación previas.
Al mismo tiempo, la AEAT dispone varios servicios de ayuda en su sede electrónica, por teléfono, o mediante la aplicación móvil ‘Agencia Tributaria’.
Les recordamos las fechas para confeccionar su declaración de Renta y Patrimonio 2023:
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
En caso de duda del importe abonado durante el año 2023, no dude en contactar con el departamento de Administración o puedes visualizar las cuotas a través de web, en la zona de Mis trámites apartado Mis facturas.
Palabra clave
Guías de Interpretación