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6 abr 2026
La Junta de Andalucía ha actualizado la ficha técnica de instalaciones de alta tensión para adaptarla a los nuevos marcos estatal y autonómico que liberalizan ciertas acometidas eléctricas. La modificación incorpora nuevas tipologías de conexiones —incluidas las destinadas a puntos de recarga— y exige una declaración responsable y un convenio de cesión cuando la instalación pase a ser de la distribuidora. Además, se establece un procedimiento transitorio para su tramitación mientras se actualiza la plataforma PUES.
La Junta de Andalucía ha aprobado una modificación de la ficha técnica de instalaciones eléctricas de alta tensión destinadas a un único usuario, una actualización que adapta el procedimiento a los recientes cambios normativos tanto estatales como autonómicos. Esta modificación está recogida en la Resolución de 23 de marzo de 2026 y responde a la necesidad de incorporar a la tramitación situaciones que la ficha anterior no contemplaba, especialmente aquellas relacionadas con acometidas liberalizadas y puntos de recarga de vehículo eléctrico.
El origen del cambio se encuentra en la modificación del artículo 53 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, introducida por la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, que permite que determinadas conexiones eléctricas queden exentas de autorización administrativa siempre que no estén sometidas a declaración de utilidad pública o a procedimientos ambientales. Asimismo, a escala autonómica, la Ley 4/2025 de espacios productivos ha ampliado esta liberalización a acometidas de hasta 30 kV destinadas a un único usuario.
Con esta actualización, la ficha técnica del Anexo II de la Orden de 5 de marzo de 2013 incorpora nuevos supuestos, como las instalaciones que serán cedidas a empresas distribuidoras, así como requisitos documentales adicionales. Entre ellos destacan la declaración responsable del promotor, que acredita la ausencia de procedimientos ambientales o de utilidad pública, y el convenio de cesión entre el titular y la distribuidora.
Hasta que la plataforma telemática PUES incorpore plenamente los nuevos apartados, la Junta ha establecido un procedimiento transitorio que permitirá seguir tramitando estas actuaciones utilizando campos ya existentes. Se usarán apartados antiguos del formulario, pero subiendo los nuevos documentos (6 y 7) en el campo del documento 4 (contrato de mantenimiento), ya que ese no aplica para el tramo que será de la distribuidora.
Procedimiento transitorio en PUES
Documentación exigida:
La resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación, es decir, el 1 de abril de 2026, siendo de aplicación inmediata para nuevas tramitaciones.
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