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7 may 2026
La aprobación definitiva de la modificación de los Planes Especiales y Catálogos de Protección del Conjunto Histórico de Sevilla introduce un marco técnico más preciso para evitar la contaminación visual y perceptiva en los entornos de Bienes de Interés Cultural, estableciendo nuevas exigencias de integración paisajística, control de instalaciones y documentación obligatoria en la tramitación de licencias.
Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 84, de fecha 5 de mayo de 2026, la aprobación definitiva de la Modificación de los Planes Especiales y Catálogos de Protección que afectan a un amplio conjunto de sectores del Conjunto Histórico de Sevilla, incluyendo sus entornos de Bienes de Interés Cultural (BIC).
Sectores afectados:
Principales implicaciones técnicas y prácticas:
1. Licencias y autorizaciones en entornos BIC.
Con la delegación de competencias solicitada a la Consejería de Cultura, las obras realizadas en los entornos de BIC podrán ser autorizadas directamente por el Ayuntamiento de Sevilla, salvo aquellas intervenciones que afecten a elementos propios del bien protegido —como medianeras, patios, cubiertas o estructuras— para las cuales continuará siendo necesaria la autorización autonómica.
2. Documentación exigible en proyectos.
3. Fachadas y paisaje urbano.
4. Contaminación visual o perceptiva.
Para las instalaciones técnicas y energías renovables
En cubiertas planas, los paneles deberán ser horizontales, con una altura máxima de 1,20 metros o equivalente al pretil (lo que sea menor), y no visibles desde la vía pública.
En cubiertas inclinadas, la disposición debe ser coplanaria, con integración cromática y queda prohibido que sobresalgan o den a fachadas o patios protegidos.
5. Condiciones específicas para la Muralla.
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