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1 oct 2024
Tiene por objetivo recoger la normativa y los criterios, tanto técnicos como jurídicos, que podrán ser de aplicación en la tramitación y resolución de las reclamaciones y discrepancias en materia de energía eléctrica.
La presente Instrucción tiene por objeto establecer pautas comunes en el procedimiento administrativo de reclamaciones en materia de suministro eléctrico previstas en la normativa en materia de energía en los ámbitos de la calidad del servicio, el contrato de peajes de acceso, la contratación y facturación de suministros en mercado regulado, la suspensión de suministros, los equipos de medida y control, el acceso y conexión a redes de transporte y distribución de suministro eléctrico, las discrepancias en las condiciones de otorgamiento de un nuevo suministro eléctrico por parte de las empresas distribuidoras.
Por ser las más numerosas, tienen especial importancia las reclamaciones derivadas de expedientes de recuperación de energía abiertos por las compañías eléctricas tras la detección de manipulación en el equipo de medida o instalación del usuario.
Los grandes grupos de reclamaciones están recogidos en los dos formularios disponibles para presentar reclamaciones en materia de suministro eléctrico anexos a la Orden de 18 de marzo de 2024, y son los detallados a continuación:
SUMINISTROS EXISTENTES:
a) Discrepancias con la facturación.b) Problemas con el equipo de medida de energía eléctrica.c) Interrupciones de suministro eléctrico.d) Baja calidad del suministro eléctrico.e) Problemas con cambios en el contrato de suministro en mercado regulado, así como de acceso a redes.f) Calidad de atención al consumidor.
NUEVOS SUMINISTROS:
a) Discrepancias sobre las condiciones técnico-económicas de la nueva extensión de red.b) Plazo excedido al elaborar el presupuesto.c) Plazo excedido para ejecutar las obras, tras presupuesto.d) Plazo excedido para la conexión del equipo de medida eléctrico.
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