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1 abr 2024
Orden de 18 de marzo de 2024, por la que se regula el procedimiento de reclamaciones en materia de suministro eléctrico y se aprueban los modelos específicos para su solicitud.
La Consejería de Industria, Energía y Minas ha publicado la Orden de 18 de marzo de 2024, mediante la cual es establece y da publicidad a los formularios elaborados para las reclamaciones en materia de suministro eléctrico, que son dos:
Esta Orden tiene por objeto:
a) Regular el procedimiento administrativo de reclamaciones en materia de suministro eléctrico previstas en la normativa en materia de energía en los siguientes ámbitos:
b) Aprobar los modelos específicos de solicitudes a través de los que se presentarán las reclamaciones en materia de suministro eléctrico y en materia de nuevo suministro eléctrico.
La persona solicitante debe tener el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS), o en su defecto, tener en dicha Comunidad Autónoma, la dirección y titularidad del punto de suministro para el cual efectúa la reclamación.
Los modelos de impresos que promulga esta Orden serán de uso obligatorio para la presentación de las reclamaciones en materia de suministro eléctrico.
La tramitación y resolución de las reclamaciones se llevará a cabo a través de las Delegaciones Territoriales con competencia en materia de Energía y el plazo para dictar resolución será de tres meses.
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