Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario.Para más información Política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Permitir cookies” o configurarlas o rechazar su uso clicando "Configurar cookies".
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. No pueden desactivarse. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
Buscador :
Volver al Menú
29 dic 2025
Esta medida tan solo aplica a los inmuebles que se encuentren inscritos en el registro autonómico antes del 29 de octubre de 2025.
La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, reunida el 16 de diciembre de 2025, ha aprobado una Instrucción para la legalización de las Viviendas de Uso Turístico (VUT) en la capital, en relación con el Decreto 31/2024, de 29 de enero, tras el documento emitido el pasado 7 de noviembre de 2025 por la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte de Sevilla.
Esta medida permitirá que los inmuebles inscritos en el registro autonómico antes del 29 de octubre de 2024, fecha en la que entró en vigor la limitación de VUT por barrios, puedan adaptarse a la normativa municipal y continuar su actividad de forma legal.
Por lo tanto, las VUT que iniciaron su actividad antes de la limitación y cumplan con los requisitos urbanísticos establecidos en la modificación puntual nº 44 del PGOU (28 de abril de 2022) podrán solicitar el cambio de uso de residencial a terciario, equiparándose a hoteles y otros alojamientos turísticos.
La medida no incrementa el número total de VUT en zonas saturadas, manteniendo el límite del 10% del parque residencial por barrio, aprobado por el Pleno municipal en octubre de 2024.
La instrucción armoniza el Decreto autonómico 31/2024, que modificó la normativa sobre viviendas turísticas, con la regulación urbanística local.
Palabra clave
Noticias